Código de Ética
1 - Objeto
El presente código de ética, constituye un conjunto de reglas que tiene por objeto mantener entre los miembros de COCAL y entre estos y el público en general, los más altos estándares de ética profesional y comercial, con el fin de evitar prácticas desleales u otras que puedan desprestigiar las relaciones profesionales.
Pretender servir como guía para el comportamiento en el ejercicio de la profesión de los miembros de COCAL, así como plantear las normas de respetuosa convivencia en el marco de la entidad.
2 - Consideraciones generales
Cada uno de los miembros de COCAL asume el compromiso de velar por el cumplimiento de las normas contenidas en el presente Código. Así mismo propiciará que entre sus propios asociados se observen normas que aseguren transparencia en los procedimientos económicos, financieros, fiscales, contables, así como jerarquicen y profesionalicen la profesión.
El no cumplimiento de las reglas contenidas en el presente código por parte de los miembros de COCAL, será plausible de sanción.
En el ejercicio de las actividades de la entidad, sus miembros y los socios de estos, deben siempre considerar en un sentido integral la responsabilidad social y empresarial, entendida como respeto por la dignidad e integridad de la persona humana y el medio ambiente.
El ejercicio de la ética es una responsabilidad individual de trascendencia social, cuyo buen desempeño enaltece a las instituciones, así como su transgresión compromete el prestigio de la profesión.
3 - Obligaciones de los Asociados
Luchar por el reconocimiento y jerarquización de la profesión.
Comportarse en todas las ocasiones y en cualquier circunstancia de manera tal que merezca y obtenga la confianza de aquellos con quien está en contacto.
Apoyar las iniciativas que la CD proponga en acciones de carácter institucional, buscando el beneficio conjunto institucional y dejando al margen el lícito ánimo de lucro individual.
Aportar informaciones y noticias que puedan ser de interés general de los asociados.
Ser fiel a los compromisos institucionales asumidos, primando el interés supremo de la institución.
Negarse a prestar su colaboración a toda empresa o acción que atente contra la moral, honestidad, dignidad e integridad.
Establecer diálogo fluido y permanente con la entidad. Considerar que la Federación es de todos y para todos, siendo el bien común el interés supremo.
Repudiar en sus propios asociados conductas como: propaganda engañosa que induzca a error al cliente; incumplir el acuerdo de prestación establecido; difundir información confidencial del cliente y todas aquellas que no enaltezcan la profesión.
4 - Comisión de ética: conformación, atribuciones, procedimientos
Conformación
La comisión de ética será elegida por la Asamblea de Asociados y estará compuesta por 3 miembros, uno de los cuales será el presidente inmediato anterior de la Federación.
Atribuciones
Actuará como órgano asesor de la Comisión Directiva.
Es función de dicha comisión la evaluación las denuncias recibidas sobre el accionar de alguno de los asociados de la federación, así como sobre algún miembro de la Comisión Directiva.
Procedimientos
El funcionamiento de la comisión de ética incluirá: registro de la denuncia; envío y acuse de recibo de las notificaciones a las partes; establecer modalidad de reuniones (presenciales o virtuales); confeccionar el informe final y la recomendación para elevar a la Comisión Directiva.
En la evaluación de la acción denunciada deberá asegurase la igualdad de tratamiento de las partes involucradas, así como el derecho a la amplia defensa. De igual modo es obligación de la comisión fundamentar todas sus decisiones y preservar la confidencialidad de las cuestiones y documentos que le fueren sometidos durante las investigaciones.
Tendrá un plazo máximo de 180 días corridos, contados a partir de la fecha de envío de la denuncia por parte de la Comisión Directiva, para expedirse en su informe final sobre la denuncia analizada.
4.1 – Presentación de la denuncia
La denuncia puede ser presentada por un asociado, socios de un asociado, clientes o proveedores, la cual deberá ser dirigida por escrito al Presidente de la Comisión Directiva, quien en un plazo máximo de 30 días corridos contados a partir de la recepción de la denuncia deberá convocar a los miembros de la comisión de ética.
En caso de que la denuncia sea presentada por un socio de un asociado, cliente o proveedor, la misma deberá presentarse previamente a la Asociación miembro de COCAL y adjuntar en su elevación acuse de recibo de dicha presentación.
2. – Procedimiento
Una vez recibida la denuncia la Comisión de Ética notificará por escrito a las partes: las características de la denuncia; la posibilidad del denunciado de acceder al conocimiento del expediente así como a copias del mismo (a su costo); la existencia del plazo improrrogable para presentar defensa.
Transcurrido el plazo de evaluación durante el cual la Comisión de Ética puede haber citado a comparecer a las partes, deberá expedirse sobre la denuncia elevando un informe a la Comisión Directiva, indicando procedencia o improcedencia de la denuncia y penalidades recomendadas.
5 – Relaciones éticas
5.1 – Con la entidad
Es obligación de los miembros de la Federación ofrecerle a la Entidad el máximo apoyo posible, contribuyendo a fortalecerla y a proteger de la mejor manera los intereses de todos y cada uno de sus asociados. Con este espíritu se elegirán como directivos de la entidad a aquellas personas que mejor puedan servir a sus objetivos, debiendo primar en tal elección el criterio de idoneidad en todos los órdenes que hacen a la función.
Ser miembro de la Comisión Directiva implica el deber de asumir el compromiso de gestión del cargo para el cual fue elegido. Dicho compromiso comprende: observar en el ejercicio de su actividad el celo por la imagen del sector y de la Federación; participar en las Reuniones de Comisión Directiva que se celebren anualmente así como en las Asambleas, participar activamente en comisiones de trabajo y desarrollar todas aquellas actividades de promoción de la entidad que estén a su alcance.
La persona que ocupa un cargo en la Comisión Directiva debe tener siempre presente que en el cumplimiento de su función representa a la institución del país miembro de la federación. El incumplimiento en la función de un miembro de la CD conllevará: llamado de atención personal; comunicación de la situación a la asociación miembro; en caso de ser considerado conveniente por la gravedad de los hechos convocatoria de la comisión de ética.
5.2 – Con otros asociados
Los miembros de la Federación en el desarrollo de sus actividades y en sus relaciones específicas con sus propios asociados deben considerar: ser leales, escrupulosos y serviciales; colaborar dentro de sus posibilidades con todos los colegas; no incurrir en presentaciones engañosas; no realizar acciones ilícitas o engañosas; no difamar o descalificar deslealmente por cualquier medio a los colegas; no efectuar presentaciones ante clientes tradicionales de otros colegas menospreciando o insinuando deficiencias en los servicios de éste; no tratar de atraer deslealmente a colaboradores de otras empresas.
Así mismo deben no interferir o prestar debida colaboración para facilitar la tarea de la Comisión de Ética cuando las circunstancias lo exijan, como también no utilizar en beneficio propio información confidencial que pudiera conocer por su relacionamiento institucional.
5.3 – Con otras Entidades
Los miembros de la Federación deben: ser particularmente escrupulosos cuando deban ejercer la representación de COCAL ante otras entidades; no ejercitar acciones que dejen dudas sobre el buen nombre y proceder de COCAL.
5.4 – Con los Gobiernos y con la Comunidad
Los miembros de la Federación deberán mantener con los órganos gubernamentales de sus países una actitud de colaboración y cumplimiento de las obligaciones fiscales, del trabajo y legales correspondientes.
Con la sociedad en general, deberán mantener una actitud de colaboración, sin prestar su imagen o colaboración profesional en actividades que contribuyan a la degradación de la persona humana, social o ambiental.
5.5 - Recomendaciones a considerar para los miembros de las entidades asociadas a COCAL
Es deseable que las empresas asociadas a las asociaciones miembros de la Federación observen la más absoluta transparencia en los procedimientos económicos, financieros, fiscales y contables tanto en el ámbito de su empresa como en las relaciones con sus clientes, proveedores y participantes de sus eventos.
Mantener una postura ética y una conducta intachable en las relaciones profesionales con los clientes.
Defender los intereses de los clientes.
Establecer un acuerdo de prestación que detalle: condiciones de contratación; listado de productos y/o servicios; obligaciones de las partes.
Destacar ante los clientes la pertenencia de la empresa a la Asociación local y de esta a la Federación, indicando que es un símbolo de calidad pertenecer a la misma.
6 – Sanciones
La Comisión de Ética luego de su análisis, de acuerdo a lo dispuesto por el Estatuto y el presente código, aconsejará a la Comisión Directiva de la Federación sobre alguna de las siguientes alternativas en relación con la situación planteada:
- La resolución del caso escapa a la órbita de la Comisión de Ética y deben iniciarse acciones legales.
- Formulación de carta de advertencia al miembro juzgado
- Suspensión temporal del cuadro asociativo de la Federación por un período a determinar no superior a 180 días corridos.
- Expulsión del cuadro asociativo de la Federación
- No han existido procedimientos que impliquen una violación al presente Código.
